Modelo de contrato de empleada de hogar

El contrato de empleada de hogar es un documento obligatorio e imprescindible para legalizar la relación laboral existente entre la empleada de hogar y sus empleadores, los beneficiarios de sus servicios.

Antes de explicar qué debe contener este tipo de contrato y facilitar el modelo oficial de contrato de empleada de hogar, es importante recalcar que, por diversos motivos, es muy conveniente legalizar la situación del empleado/a de hogar:

  • Por cuestiones legales: conforme a la Ley, es obligatorio formalizar un contrato. En caso contrario estaríamos incurriendo en una infracción que puede ser sancionada. Cualquier relación laboral lleva implícitos una serie de derechos y deberes que facilitan la prestación del servicio y revierten positivamente en la relación entre empleador y empleado. Por todo ello, legalizar la situación es la mejor opción: el empleado se encuentra asegurado y puede acceder a todo el sistema de protección que le ofrece la legislación laboral y el empleador está protegido frente a cualquier imprevisto.
  • Evitar responsabilidades derivadas de posibles accidentes de trabajo que pudieran producirse durante el desempeño de su trabajo en el domicilio. Las consecuencias de que esto suceda sin que la persona esté asegurada pueden ser muy graves para el empleador.

Además, no debemos olvidar las cuestiones de índole ética y es que, en definitiva, se trata de una persona sobre la que recae en muchas ocasiones la responsabilidad del cuidado de personas mayores, dependientes o niños, que debe ser justamente reconocida y retribuida por ello.

Modelo de contrato de empleada de hogar

¿Qué debe contener el contrato de una empleada de hogar?

El Ministerio de Empleo facilita en su página Web un modelo de contrato de empleada doméstica. Se trata de un modelo básico que debe contener obligatoriamente los siguientes datos:

  • Tipo de contrato
  • Duración del contrato (si es temporal o de carácter indefinido)
  • Datos personales del empleador, es decir, de quién contrata el servicio.
  • Número de cotización del empleador. Si es la primera vez que contrata como empleador, deberá darse de alta en la Tesorería de la Seguridad Social, que le facilitará su número de cotización. Este alta puede realizarse desde la Web de la Tesorería de la Seguridad Social o bien de forma presencial en la oficina de tesorería más cercana a su domicilio.
  • Dirección en la que va a llevarse a cabo el servicio.
  • Datos de la empleada doméstica.
  • Horario en el que se va a desempeñar el trabajo.
  • Número de días de vacaciones.
  • Salario del trabajador. En este sentido, debemos tener en cuenta que está establecido por Ley un salario mínimo. La nómina de empleada de hogar por tanto deberá calcularse teniendo en cuenta la Tabla Salarial establecida cada año.

Podrá encontrar una Tabla Salarial para empleadas de hogar para el año 2021 en la página oficial del Ministerio de Trabajo. A esta información más general se le añaden una serie de cláusulas más específicas para las empleadas de hogar. En estas cláusulas se hará constar:

  • Si la empleada de hogar pernoctará o no en el domicilio, y en caso afirmativo, qué días y cuál será la compensación establecida para ello. En el caso de las empleadas de hogar internas es lo habitual que estas pasen la mayoría de las noches en el hogar del empleador.
  • Horario de presencia: en el régimen especial de trabajadores domésticos existen un determinado número de horas en los que el empleado, aún no realizando su trabajo de forma efectiva, es decir, fuera de su jornada ordinaria de trabajo, se encuentra disponible para la realización de alguna tarea si así se precisase. En el contrato, se debe hacer constar este hecho, así como la forma en que se compensarán estas horas, que bien puede ser económicamente o bien sustituyendo dichas horas por tiempo de descanso remunerado.

Finalmente, debe constar la fecha de celebración del contrato y deberá ir firmado por todas las partes. El modelo de contrato de empleada de hogar del SEPE se puede descargar muy fácilmente tras realizar una serie de pasos muy sencillos. Una vez descargado e impreso, solo faltará rellenar los datos solicitados y firmarlo.

¿Dónde se registra el contrato de empleada de hogar?

En la actualidad no es necesario registrar el contrato a través del servicio público de empleo, SEPE, ya que basta con realizar el alta a través de la Tesorería General de la Seguridad Social para que este quede registrado correctamente. Sí es obligatorio que el contrato se entregue por escrito al empleado. Solo existe una salvedad, y es para aquellos trabajos domésticos que se llevarán a cabo de forma puntual y esporádica. Tanto empleado como empleador deberán guardar una copia del contrato con todos los datos rellenados y sus correspondientes firmas. Como especialistas en el cuidado de mayores de Madrid, estamos muy familiarizados con llevar a cabo todos los trámites que se precisan para dar de alta y confeccionar el contrato de su empleada de hogar. Por ello, además de nuestro servicio de selección de empleados domésticos, le ofrecemos un servicio a través del cuál nosotros nos encargamos de llevar a cabo todos los trámites: alta, contrato, confección de nóminas, resolución de consultas legales etc. De esta forma, si usted no tiene tiempo para llevar a cabo todas estas gestiones, podrá confiar en profesionales para que se encarguen de todo, sin que usted tenga que preocuparse por nada. ¿Necesita una empleada de hogar? Contacta ya con nosotros para tener acceso a nuestro servicio de selección y gestión. Ahorra tiempo y molestias en su búsqueda.

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